“…El principio de libertad de investigación se concibió en relación armónica con la planeación y programación que realice la Universidad a través de sus órganos y se precisó que la investigación objeto de las presentes Políticas, es aquélla que tiene como propósito obtener conocimientos científicos, humanísticos y artísticos, establecer sus fundamentos teóricos, aplicar resultados de las investigaciones analizar los impactos de estas aplicaciones y proponer recomendaciones para la acción. En este orden de ideas, la colaboración o intervención de diversas áreas del conocimiento en el tratamiento de los problemas caracteriza la forma en que la Universidad aborda la investigación, dando preferencia al trabajo en equipo en el que la concurrencia disciplinaria quede manifiesta. Se pretende que los proyectos de investigación agrupen, internamente, a miembros del personal académico de diferentes especialidades adscritos en los diversos departamentos, divisiones o unidades y, externamente, a profesores de diversas instituciones nacionales o extranjeras…”
(Políticas Generales, Legislación Universitaria, UAM, 2013)