- Catálogo General de UEA
- Registro del Carnet del IMSS
- Convocatorias
- Recuperación de la Calidad de Alumno
- Revisión de Evaluación
- Acreditación de Estudios
- Establecimiento de Equivalencias
- Revalidación de Estudios
- Tutoría
- Escuadrón UAM
- Cambio de Carrera, Unidad y División
- Calendario de Evaluaciones Departamentales
- Cursos CNP y CSAC
- Cursos de Inglés
- Temas Selectos
- PROREC
Lineamientos del Consejo Divisional de Ciencias Básicas e Ingeniería de la Unidad Azcapotzalco para cambios de Carrera, Unidad y División.
El art. 56 del Reglamento de Estudios Superiores otorga a los alumnos de Licenciatura el derecho a solicitar hasta dos cambios de carrera y unidad, que pueden ser más en caso de que alguna solicitud se haga antes de que el interesado haya aprobado la totalidad de las UEA del Tronco General. El art. 57, a su vez, establece una restricción al advertir que dichos cambios se concederán cuando el cupo de la carrera solicitada lo permita. El resto de los artículos del Título Séptimo del mencionado reglamento, establecen otras regulaciones al respecto.
En la División de Ciencias Básicas e Ingeniería es a menudo difícil establecer un cupo para los cambios de carrera, dado el avance irregular de los alumnos en sus estudios y a la circunstancia de que muchas UEA son compartidas por varias licenciaturas, aún fuera del Tronco General. Es por ello que desde hace años, el Director de la División, de acuerdo con los Coordinadores de Estudio, establecieron un criterio objetivo para limitar los cambios de carrera, asegurando que no se saturen los cupos y evitando el camino no deseado, de que un alumno apruebe su examen de selección, habiendo solicitado una carrera de baja demanda, para pedir inmediatamente su cambio a otra de demanda alta.