Periodo Sabático

El periodo sabático tiene la finalidad de lograr la superación académica de los profesores de tiempo completo y consiste en separarse totalmente de las actividades académicas de la Universidad.

 

Se podrá gozar de un año sabático después de cada seis años de labores ininterrumpidas al servicio de la Institución y en caso de así requerirlo el interesado, podrá tomarse en dos periodos de seis meses, para solicitar seis se tiene que acumular tres años de actividades académicas ininterrumpidas.

 

El tiempo máximo que se puede disfrutar de periodo sabático es de dos años.

 

La solicitud deberá presentarse con tres meses de anticipación al Consejo Divisional, acompañada del plan de actividades a realizar, conforme a los Lineamientos Divisionales y constancia oficial para periodo sabático, expedida por la Coordinación de Recursos Humanos de la Unidad.

 

Al término del disfrute del periodo sabático, se deberá rendir un informe de las actividades académicas desarrolladas al Consejo Divisional, acompañado de las constancias y documentos probatorios. Este informe se presentará dentro de los dos meses siguientes a su reincorporación a la Universidad.

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